Esta es nuestra Asociación Empresarial de Centros Especiales de Empleo

¿ERES EMPRESA PRIVADA?

¿ERES EMPRESA PRIVADA?

Las empresas españolas con más de 50 personas empleadas tienen obligación legal de aplicar una cuota de reserva del 2% para personas trabajadoras con discapacidad. Artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Excepcionalmente y de forma transitoria, las empresas que no cumplan con la cuota de reserva pueden SOLICITAR UN CERTIFICADO DE EXCEPCIONALIDAD para acogerse a la aplicación de alguna de las MEDIDAS ALTERNATIVAS previstas (como son la Celebración de un contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo o con un trabajador autónomo con discapacidad para el suministro de bienes o la prestación de servicios).

Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.

Si ha seleccionado como medida alternativa celebrar un contrato con un centro especial de empleo para el suministro de bienes o prestación de servicios:

Si ya eres una empresa vinculada a una entidad de COCEMFE y deseas constituirte como Centro Especial de Empleo de Iniciativa Social (CEEIS), te decimos cómo: